Presidencia del Tribunal de Cuentas

Es la persona representante de la institución, elegida entre los consejeros/as y nombrada por el rey por tres años

Al presidente/a le corresponde, entre otras funciones, convocar y presidir el Pleno y la Comisión de Gobierno, ejercer la jefatura superior del personal, ejercer la potestad disciplinaria en casos de faltas graves y disponer los gastos del Tribunal y la contratación de obras, bienes, servicios y suministros, cuando hayan sido autorizados por el Pleno o la Comisión de Gobierno o tengan carácter ordinario y periódico.

Atribuciones

El presidente/a, entre otras competencias, representa al Tribunal de Cuentas, convoca y preside el Pleno y la Comisión de Gobierno -fijando los órdenes del día de las sesiones, dirigiendo las deliberaciones, decidiendo en caso de empate en las votaciones con su voto de calidad y acordando la ejecución de los acuerdos adoptados- y dispone los gastos del Tribunal y la contratación de obras, bienes, servicios, suministros y demás prestaciones necesarias para su funcionamiento, cuando hayan sido autorizados por el Pleno o la Comisión de Gobierno o tengan carácter ordinario y periódico.

Corresponde también al representante de la Presidencia ejercer la jefatura superior del personal, convocar pruebas selectivas para cubrir las vacantes en los Cuerpos del Tribunal de Cuentas o en el personal laboral, efectuar los nombramientos del personal al servicio del Tribunal, nombrar y separar libremente al personal eventual –a propuesta, en su caso, de los consejeros - y declarar las situaciones administrativas en que deban quedar los funcionarios pertenecientes a los Cuerpos del Tribunal y, cuando proceda, la jubilación de los mismos.

Asimismo, ostenta la superior inspección de los servicios propios del Tribunal y le corresponde promover y ejercer la potestad disciplinaria en los casos de faltas graves.

El presidente/a podrá delegar en el secretario/a general el ejercicio de las competencias que le corresponden en materia de personal y como órgano de contratación, siempre que no requieran previa autorización o conocimiento del Pleno o de la Comisión de Gobierno.

Elección y nombramiento

El presidente/a del Tribunal de Cuentas es nombrado por el rey, de entre sus miembros, a propuesta del Pleno y por un período de tres años. La elección se efectúa, mediante votación secreta, por los consejeros de Cuentas, reunidos el día de su toma de posesión o, si no fuera posible, en el siguiente día hábil, o bien una vez finalizado el período de tres años desde la elección anterior o en el supuesto de que se produjese la vacante en el cargo. Tras la elección, se convocará para el día hábil siguiente al Tribunal en Pleno –incluido el fiscal-, que examinará la legalidad de aquella y remitirá la propuesta al presidente/a del Congreso para que proceda a su elevación al rey.

El consejero elegido presidente prestará juramento o promesa ante el rey y tomará posesión ante el Tribunal en Pleno. Hasta que se haya efectuado la toma de posesión, ejercerá las funciones de la Presidencia el consejero de más edad.

En los casos de vacante, ausencia, enfermedad o cualquier otro impedimento legal del presidente/a, le sustituirán en sus funciones, por este orden, los presidentes/as de las Secciones de Fiscalización y de Enjuiciamiento y, en su defecto, el consejero de más edad.

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