Inicio
/
es/
Comunicación y Espacio Divulgativo
/
El Pleno del Tribunal de Cuentas sanciona a catorce formaciones políticas
Comunicación y Espacio Divulgativo
Nota de Prensa
El Pleno del Tribunal de Cuentas sanciona a catorce formaciones políticas
28/10/2025
Madrid, 28 de octubre de 2025
El Pleno del Tribunal de Cuentas ha acordado imponer sanciones a catorce formaciones políticas, por la superación de los límites máximos de gastos en las elecciones municipales del pasado 28 de mayo de 2023:
- Las formaciones políticas Abotsanitz, Agrupación de Vecinos Independiente de Santa Cruz de Bezana, Alham@una, Aliança Catalana, Ara Decidim Ripollet, Ceuta Ya!, Democracia Ourensana, Partido Independiente La Figuereta y Yaiza Siempre han sido sancionadas por infracción muy grave prevista en el artículo 17. Dos b) de la Ley Orgánica sobre Financiación de los Partidos Políticos, que se refiere a la superación en más de un 10 % del límite máximo de gastos electorales, incumpliendo el artículo 193.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.
- La formación política Manifesto Miñor ha sido sancionada por infracción grave prevista en el artículo 17. Tres b) de la Ley Orgánica sobre Financiación de los Partidos Políticos, que se refiere a la superación entre un 3 % y un 10 % del límite máximo de gastos electorales, incumpliendo el artículo 193.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.
- La formación política PSM Mès per Menorca ha sido sancionada por infracción muy grave prevista en el artículo 17. Dos b) de la Ley Orgánica sobre Financiación de los Partidos Políticos, que se refiere a la superación en más de un 10 % del límite máximo de gastos de publicidad en prensa y radio, incumpliendo el artículo 58.1 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.
- La formación política Beni-Gazlum Tot per Benicarló ha sido sancionada por infracción grave prevista en el artículo 17. Tres b) de la Ley Orgánica sobre Financiación de los Partidos Políticos, que se refiere a la superación entre un 3 % y un 10 % del límite máximo de gastos de publicidad en prensa y radio, incumpliendo el artículo 58.1 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.
- La formación política Asamblea Ciudadana Portuense - ACP ha sido sancionada por infracción grave prevista en el artículo 17. Tres b) de la Ley Orgánica sobre Financiación de los Partidos Políticos, que se refiere a la superación entre un 3 % y un 10 % del límite máximo de gastos de publicidad exterior, incumpliendo el artículo 55.3 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.
- La formación política Unión del Pueblo Leonés ha sido sancionada por tres infracciones muy graves previstas en el artículo 17. Dos b) de la Ley Orgánica sobre Financiación de los Partidos Políticos, al haber superado en más de un 10 % tres límites de gastos electorales: gastos generales, gastos de publicidad exterior y gastos de publicidad en prensa y radio, incumpliendo respectivamente los artículos 193.2, 55.3 y 58.1 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.
Las resoluciones adoptadas por el Pleno de la Institución son susceptibles de recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18.9 de la citada Ley.
Esta información es objeto de incorporación en la sección de “Transparencia” en www.tcu.es/es/potestad_sancionadora/index.html, dentro del apartado relativo a contabilidad electoral, procedimientos sancionadores de los partidos políticos.
